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Permanencia y Residencia en Rapa Nui

En agosto de 2018, entró en vigor la Ley 20.070, que regula el derecho a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde RapaNui.
Esta ley nace como una medida de control, debido a que en la última década el crecimiento de la población en Rapa Nui ha sido señalado como el responsable del deterioro en la calidad de los servicios básicos, el manejo de residuos, el estado medioambiental y la contaminación de los océanos.

Si eres turista debes considerar:

  •  Llenar un formulario de la Policía de Investigaciones en el Aeropuerto de Santiago y puertos del país.
  •  Pasaje de ida y vuelta.
  •  Documento de viaje vigente (Cédula de identidad o pasaporte).
  •  Reserva de alojamiento autorizado por Sernatur o carta de invitación entregada por la Gobernación.
  •  Plazo máximo de permanencia será de 30 días.

Si viajas para residir:

La ley contempla diversos casos de personas que viajan a Rapa Nui y deben quedarse como residentes, entre ellos se consideran trabajadores, funcionarios públicos, investigadores, entre otros. Recuerda que un #ViajeroResponsable respeta el lugar que visita y se informa antes de viajar.

→ ver: Ley de Permanencia y Residencia en Rapa Nui 


 

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